By | 28 junio, 2008

El pasado 26 de junio, se publica en el sitio de LATU un llamado a empresas interesadas en desarrollar software para SUGAR que indica:

El Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) en el marco del Plan de Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea (Plan CEIBAL) y conforme a los cometidos asignados por el numeral 4, Decreto Nro. 144 del Poder Ejecutivo de 18 de abril de 2007, convoca al presente llamado, a efectos de seleccionar una empresa con la finalidad de llevar adelante desarrollos de software de la interfaz humana Sugar para el mencionado Plan en las plataformas Linux y Windows.-

Ha llamado mi atención la diferencia en la sección done se establecen las condiciones de licenciamiento de una plataforma con la otra, como puede verse en el pliego de Condiciones Particulares, que trasncribo:

1. Desarrollo de la Interfaz Humana Sugar en ambiente Linux
1.4. Licenciamiento y propiedad intelectual

La empresa desarrolladora cederá sus derechos al LATU-Plan Ceibal. El LATU pondrá a disposición del público el código fuente desarrollado. Se utilizará un modelo de fuente abierta con licenciamiento tipo Licencia Pública General de GNU (GNU GPL).

y

2. Desarrollo de la Interfaz Humana Sugar en ambiente Windows XP
2.4. Licenciamiento y propiedad intelectual

La empresa desarrolladora cederá sus derechos al LATU-Plan Ceibal. El LATU pondrá a disposición del público el código fuente desarrollado. Se respetarán los derechos de terceros en lo concerniente a las Bibliotecas y Drivers que se utilicen.

No puedo disimular mi sorpresa por la ausencia de especificación del documento de licenciamiento en plataforma Windows XP ni cuál será el modelo de desarrollo.

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