By | 19 diciembre, 2005

La siguiente es la respuesta que he enviado a la dirección udopina@lavozdelinterior.com.ar en respuesta a un artículo publicado en el La Voz Del Interior On-Line en el día de hoy y que se referencia más adelante:

De: Rodolfo Pilas
Para: udopina@lavozdelinterior.com.ar

Hago referencia al artículo publicado en su portal:

La frontera entre el autor y el usuario
Por Martín Carranza Torres, Abogado

Soy partidario del Software Libre, integro la Comunidad de Software Libre, soy desarrollador de software libre y además egresado del postgrado de Propiedad Intelectual de la Universidad de la República Oriental del Uruguay. Pueden encontrar datos sobre mi en mi sitio.

El artículo publicado pretende analizar la afirmación:

«En definitiva, la GPL consagra el principio de que autores y usuarios son iguales.»

El solo enunciado de este principio constituye un disparate, carente de fundamentos legales y es el resultado de forzar conclusiones que luego intentan ser explicadas y fundamentadas.

Como desarrollador de software no soy ni siento que los usuarios de mi software sean iguales a mi. Tampoco entiendo que el documento de licencia del software que produzco busque un objetivo similar, el solo trato de licenciante (autor) y licenciado (usuario) en el documento de licencia lleva a la conclusión que autor usuario no son iguales.

El autor de un software (libre o privativo) tiene ciertos derechos y deberes que son propios de su condición y que no pueden ser licenciados ni vendidos a los usuarios. Estos derechos claramente se mantienen con las licencias libres (como la GPL) en favor del autor.

Un usuario solamente por aceptar una licencia libre no se transforma ni se asemeja al autor del software.

Esto es tan simple y claro de entender que pone en evidencia el disparate que Uds. han publicado.

Lo que no ha entendido el Dr. Carranza (o se niega a entender) es que el usuario, si lo desea puede utilizar el software libre que ha licenciado como parte de sus propias obras, pero es mandatorio que se produzca el acto de creación para transformarse en autor.

Decir que un documento de licencia es capaz de igualar al autor con el usuario es negar los principios básicos del Derecho de Autor.

Rodolfo Pilas
C.I. 1.679.802-9

5 Replies to “La frontera entre el autor y el usuario”

  1. Pablo Viojo

    Estamos en un mundo en que todos hablan de lo que les venga en gana, muchas veces sin tener la menor idea de las cosas.

  2. Martín Carranza Torres

    Hola Rodolfo:
    Que gusto encontrarte en la web después de tanto tiempo.
    Cuando hablé de este tema en la Universidad de Montevideo no me discutiste con tanto entusiasmo, no entiendo muy bien el porqué de tan airada reacción ahora.
    Respecto al tema de la relación Autor = Usuario, no solamente está escrito en muchos lados que eso es lo que pretende la FSF, sino que además, hace unos meses, cuando estuve charlando en Tunez con Richard Stallman, le pregunté si eso es lo que creía y me dijo que si.
    Me parece que no tiene sentido discutir quien es mejor exégeta de Stallman porque seguramente vos tendrás mas posibilidades de éxito. Solo que al calificar a eso de disparate, no me atacás a mi ni a mis argumentos sino a los de los creadores de la GPL.
    Te mando un afectuoso abrazo y espero verte pronto para discutirlo chivito de por medio.

  3. rodolfo Post author

    Martin, es un gusto que hayas visitado mi sitio y agradezco tu tiempo para responder mi artículo.

    “En definitiva, la GPL consagra el principio de que autores y usuarios son iguales� es una afirmación tuya, una conclusión a la que tu llegas y luego tratas de fundamentar en el artículo.

    Lo que te habrá dicho Stallman es que muchos de los derechos que las licencias privativas mantienen del lado del autor, las licencias de software libre se los otorgan a los usuarios.

    Ahora, de ahi a concluir que Autor = Usuario es una extrapolación artificial y erronea, fijate que:

    • Si el Autor otorga una licencia
    • Y el Usuario acepta la misma

    tu afirmación lleva a concluir que por la sola aceptación de una licencia de software libre alguien se convierte en autor de software. (disparate!)

    Respecto a la discusión chivitos o cerveza por medio, encantado! La discusión de las ideas (opuestas) permiten crecer.

  4. martin@carranzatorres.com.ar

    Gracias Rodolfo por tu permanente amabilidad.
    Quiero explicarte que en ningún punto, ni del artículo que publicás, ni de mi libro «problemática jurídica dle Sfotware Libre» sostengo un disparate como el que mencionás.
    Respetuosamente, creo que es una conclusión temeraria tuya que parte de la subjetividad.
    Tanto el movimiento del Software Libre como la licencia GPL, tienen como objetivo igualar los derechos patrimoniales del autor y del usuario. Es por ello que una vez distribuido un produicto cualquiera, la licencia obliga al autor de una obra derivada cualquiera a renunciar a lso derechos exclusivos que la ley el otorga de, usar, copiar, modificar o distribuir el software que le corresponde. Esto es lo qeu sostiene el movimiento que apasionadamente defendés y esto es lo que me ha dicho Stallman personalmente y en cada oportunidad que tiene de hacerlo.
    Como consecuencia de la licencia GPL no hay ningún derecho patrimonial del autor que el usuario no tenga.
    Eso es igualarlos, pero no es una casualidad ni un efecto no deseado, sino exactamente lo que le modelo quiere.
    Saludos

  5. rodolfo Post author

    Estamos de acuerdo, entonces, que se trata de un disparate, pero ¿por qué escribes

    “En definitiva, la GPL consagra el principio de que autores y usuarios son iguales.�

    cuando has querido decir

    «la licencia GPL no hay ningún derecho patrimonial del autor que el usuario no tenga.»

    si evidentemente existen derechos que ostenta el autor y que no se otorgan ni pasan al usuario? (o sea que Autor no es igual a Usuario).

    De todas formas los derechos patrimoniales (reproducción, comunicación pública, distribución y divulgación de obras derivadas) son derechos que generalmente los autores otorgan para alguien (disquera, editorial, distribuidora) de una u otra forma. Así que ¿por qué no autorizar esos derechos a los usurios?

Responder a rodolfo

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *