El software encuentra protección legal en la legislación sobre Derechos de Autor, lo que convierte al software en una obra para la Ley, y no es producto, como se suele tratar en el mercado. El software como obra tiene algunas características que lo hacen particular frente a otras obras que también están protegidas por Derechos de Autor. Mientras la Ley otorga protección, el Licenciamiento define las particulares condiciones en que una obra sale del dominio del autor, para llegar al dominio del consumidor, del usuario. Las particulares características del software como obra producen concecuencias directas en el usuario cuando éste adquiere distintos tipos de licenciamiento. Por otro lado, la creatividad como actividad humana encuentra un incentivo en esas condiciones que quedan limitadas por la Ley y los Licenciamientos.
Público Objetivo: Personas vinculadas con los Derechos de Autor (autores, distribuidores, editores, etc.), abogados, desarrolladores de software, distribuidores de software, tomadores de decisión para incorporación de software. Futuros desarrolladores o ingenieros de software.
Requisitos: No.
Conferencia dictada en:
- 10 may 2012 – Avanza 2012 – Complejo torre de las Comunicaciones, Montevideo, Uruguay
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