Las modificaciones introducidas por la Ley No. 17.616 a la Ley de Derechos de Autor, incorporan en el artículo 46 sanciones contra el que actúe en detrimento de los «dispositivos técnicos» para protección de derechos (conocidos internacionalmente por sus siglas en Inglés: DRM, Digital Right Management) y contra la «información electrónica» que permite la gestión de los derechos patrimoniales y morales, que han sido colocadas por los titulares de derechos. En la presentación se analizarán estos dos nuevos elementos de protección, sus alcances legales y las posibles consecuencias de su uso práctico.
Se presentan también algunos casos relevantes (internacionales) que han ocurrido en relación de este tema.
Público Objetivo: Asesores legales, abogados, asesores en general sobre nuevas tecnologías, representantes de empresas distribudoras de obras, autores y público en general.
Requisitos: Se sugieren conocimientos sobre la Ley de Derechos de Autor.
Nota: Esta conferencia realizada utilizando el sistema de presentaciones Slidy de Dave Raggett.
Conferencia dictada en:
- 27 marzo 2007 – 2da. Sesión Académica 2007 del Instituto de Derecho Informático, Facultad de Derecho, Universidad de la República Oriental del Uruguay, Montevideo, Uruguay