Juanjo Navarro comenta en su artículo que las ideas simples son muy interesantes para nosotros los adultos, aunque están escritas para los niños, como el cuento El Principito. Antoine de Saint-Exupéry en su cuento El Principito (1943) describe en forma sencilla la irracionalidad provocada por la exageración en el reconocimiento de los monopolios de patentes (“Este, se dijo a sí mismo el principito, razona poco más o menos como mi borracho”). ¿Será que cuando el principito llega al cuatro planeta, ocupado por un hombre de negocios se encontró ante la paradoja de las patentes de software?
-Naturalmente. Si te encuentras un diamante que nadie reclama, el diamante es tuyo. Si encontraras una isla que a nadie pertenece, la isla es tuya. Si eres el primero en tener una idea y la haces patentar, nadie puede aprovecharla: es tuya. Las estrellas son mías, puesto que nadie, antes que yo, ha pensado en poseerlas.
ESTRATEgA, uno de mis blogs preferidos, presenta este capítulo de El Principito referido al debate mundial sobre piratería, patentes y derechos de autor, pero me interesa profundizar específicamente en las patentes de software.
Aplicación industrial
-Las administro. Las cuento y las recuento una y otra vez -contestó el hombre de negocios-. Es algo difícil. ¡Pero yo soy un hombre serio!
Tal vez este sea el mayor escollo que deben derribar los que impulsan las patentes de software: la aplicabilidad industrial obligatoria para toda patente. Es decir, es necesario que la idea, mi creación, pueda ser aplicable industrialmente y para ello tengo que modificar la naturaleza, mejorarla. A lo conocido lo mejoro y sobre esa mejora tengo un monopolio por un cierto tiempo (como reconocimiento a mi esfuerzo intelectual).
Pero, una vez que rompemos con el paradigma de la aplicabilidad industrial, entramos al terreno de proteger las ideas abstractas, donde la idea de poseer las estrellas y administrarlas podría ser patentable. En definitiva, es lo que se conoce como método de negocios, que hoy no es patentable en los países como el nuestro, y sí lo es en los países donde el software se patenta.
El reconocimiento al esfuerzo intelectual de modificar la naturaleza es una cosa y otra cosa es el reconocimiento al esfuerzo comercial en un determinado campo de los negocios. Si no tenemos claro la base que debe ser reconocida (y protegida) caeremos en el riesgo de decir “¿y por qué no?” abriendo una puerta muy difícil de cerrar, o de determinar cuándo debe ser cerrada.
A diferencia de las estrellas, el software ya tiene protección
-¿Y de qué te sirve poseer las estrellas?
Este es un interesante tema de reflexión: El software encuentra protección como un Derecho de Autor, a nivel mundial por un plazo que se extiende generalmente a 50 años después de la muerte del autor, donde se benefician hasta sus herederos. Entonces ¿por qué hay gente que impulsa la protección por patente?, siendo que ésta, en el mejor de los casos, llega a un máximo de 20 años de protección y debe ser gestionada país por país donde se desea el monopolio.
La respuesta está en el objeto de la protección:
- El Derecho de Autor da protección a la expresión del autor plasmada en una obra. La expresión del autor es algo difícil de explicar: pero piense que si yo pinto unas flores amarillas en un jarrón puede ser un lindo dibujo, pero si un Sr. Van Gogh lo hace, es una expectacular obra de arte. Ambos pintamos lo mismo, pero nadie confundiría Girasoles con mi humilde pintura.
- La patente está dando protección a la creacción propiamente dicha, a la invención y es el monopolio a la realización (explotación) de la invención a su creador. En términos simplistas, sería como otorgar exclusidivad de pintar flores en jarrones a Van Gogh y a nadie más (o solo dejar contar estrellas, al primero que se le ocurria hacerlo).
Creo que es claro para el lector que el monopolio de patente es un fuerte incentivo para aquellas empresas que tratan a sus creaciones intelectuales como “productos” y se llaman a si mismos “industria”, principalmente cuando dichas creaciones tienen una vida util efímera (si la comparamos con la protección de los derechos de autor [+50 años] e inclusive con el de las patentes [~20 años]).
Obligatoriedad de explotación
-Las administro. Las cuento y las recuento una y otra vez -contestó el hombre de negocios-. Es algo difícil. ¡Pero yo soy un hombre serio!
Es comon en la legislación de patentes condicionar el monopolio de explotación de la invención a la obligatoriedad de explotación. El espíritu es evitar que alguien congele la tecnología y el acceso a las mejoras inventadas simplemente por el hecho de tener una patente y nunca fabricarla.
Esto no es un gran problema para las patentes que existen actualmente y son contados los casos donde los monopolios son obligados a ser explotados. El software puede cumplir con la obligatoriedad de explotación en forma simple, pues cualquiera (autorizado) podría reproducirlo (explotarlo) a un bajo costo y en forma infinita.
Por último, quién desee profundizar en el tema le sugiero leer el artículo de Beatriz Busaniche “Patentes de software” que presenta en forma clara las razones para decir NO A LAS PATENTES DE SOFTWARE, aunque tal vez, el propio Principito lo exprese en forma más sencilla:
“Las personas mayores, decididamente, son extraordinarias“, se decía a sí mismo con sencillez durante el viaje.
porque no ponen el tiempo y espacio en que se desarrollo el cuento el principito
tienen que hacer eso con mas informacion
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