By | 18 julio, 2008

El software encuentra protección legal en la legislación sobre Derechos de Autor, lo que convierte al software en una obra para la Ley, y no es producto, como se suele tratar en el mercado. El software como obra tiene algunas características que lo hacen particular frente a otras obras que también están protegidas por Derechos de Autor.

Mientras la Ley otorga protección, el Licenciamiento define las particulares condiciones en que una obra sale del dominio del autor, para llegar al dominio del consumidor, del usuario. Las particulares características del software como obra producen concecuencias directas en el usuario cuando éste adquiere distintos tipos de licenciamiento.

Por otro lado, la creatividad como actividad humana encuentra un incentivo en esas condiciones que quedan determinadas por la Ley y los Licenciamientos.

En las últimas versiones de esta presentación (las primeras que aparecen abajo), se aborda el análisis ético y de competitividad de los derentes licenciamientos disponibles.


Público Objetivo: Personas vinculadas con los Derechos de Autor (autores, distribuidores, editores, etc.), abogados, desarrolladores de software, distribuidores de software, tomadores de decisión para incorporación de software. Futuros desarrolladores o ingenieros de software.

Requisitos: Sin requisitos previos.

Conferencia dictada en:

  • 05 junio 2008 – Invitado en la asignatura Sistemas Operativos, Universidad del Trabajo del Uruguay, Montevideo, Uruguay
  • 11 marzo 2008 – Invitado en Taller de Etica Profesional y Legislación, Universidad ORT, Montevideo, Uruguay (carta agradecimiento)

  • 10 mayo 2007 – UdelaR, Facultad de Ingeniería, presentación de software, Montevideo, Uruguay

  • 26 abril 2007 – Conmemoración del Día Mundial de La Propiedad Intelectual – Seminario sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos, Montevideo, Uruguay

6 Replies to “Software Libre, licenciamiento y Derechos de Autor”

  1. moan

    hola,tengo que dar una charla sobre el tema de licencias (gpl y creative commons), la cosa es que un amigo me pregunto que tipo de garantias me dan estas licencias.
    y la verdad me mato con la pregunta.
    Leyendo este post me di cuenta (si si muy lento yo) que para que tenga valor «legal» la idea seria licenciarla en mi pais legalmente pero usando una licencia libre. ¿entendi bien?
    y la otra pregunta es si esto es posible en uruguay, puedo ir a la biblioteca nacional y registrar un documento, libro bajo creative commons? y un software donde lo registro bajo gpl?
    bueno muy bueno el blog espero sepas aclararme la duda…

  2. rodolfo Post author

    Moan, tu pregunta está un poco mezclada, así que trataré de responder punto a punto:

    En cuanto a la garantía de la licencia, se trata de un contrato entre partes (autor – usuario) que han sido reconocidos por las distintas legislaciones en forma más o menos homogénea. En particular, la garantía que te da la licencia/creative_commons libre es la misma garantía que te da cualquier tipo de licencia.

    Valor legal tiene desde que es un contrato entre partes y desde que el autor está disponiendo de sus derechos de autor.

    La Biblioteca Nacional registra la obra y no tiene nada que ver en cómo tu luego dispondrás de la misma para los usuarios/lectores/clientes/público en general.

    En otras palabras, tu registras tu obra en Derechos de Autor, luego a una persona se la licencias como Creative Commons, a otra persona como GPL, a otra persona con otro licenciamiento, eso lo decides tu como autor haciendo uso de tus derechos de autor.

    Espero haber arrojado luz a tus dudas.

  3. moan

    Sigo molestando, como dije estoy preparando una charla sobre licencias libres, y te queria pedir permiso para incluir tu respuesta en la charla, te lo pido por aca porque no encontre bajo que tipo de licencia esta el contenido de tu blog mas que la referencia «Derechos de Autor
    Derechos © 2007 de Rodolfo Pilas. Algunos derechos reservados.»

  4. rodolfo Post author

    Usa tranquilo el texto, comentario o archivo de mi producción, siempre que sea una cita deberás indicar el autor (o sea mi nombre).

    Si haces una re-escritura de algo de lo que hay aquí, pues tu eres el autor y allí no hay problema, puedes tomar inspiración para tus obras en cualquier cosa que encuentres aquí.

    Exito en tu charla/presentación!

  5. HUMBERTO

    Hola Rodolfo
    Excelente el juego entre preguntas y repuestas, son faciles de seguir y muy interesantes, se aprende bastante bien.
    Gracias.
    Humberto

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